También tantea hacer más fácil la compatibilidad entre continuar trabajando y percibir pensión
La Seguridad Social pretende ampliar el periodo de cotización exigido
El Gobierno prometió a la Unión Europea que iba a retrasar la edad real de jubilación.
Para lograrlo, el Ejecutivo ha propuesto al Congreso y a los agentes
sociales elevar la edad mínima para acceder a la jubilación anticipada
en un informe que la Seguridad Social les remitió ayer. Lo ha hecho
antes de que entre en vigor la última reforma de pensiones, que en enero
fijará la edad mínima de esta modalidad de retiro entre los 61 y los 63
años. El documento no concreta una nueva edad. Como tampoco especifica
hasta dónde pretende retrasarla para poder jubilarse parcialmente, otra
de las propuestas del informe. En el texto también se adelanta la
intención de aumentar el periodo mínimo de cotización para estas
jubilaciones y los coeficientes de reducción que se aplican.
Para conceder un retraso en el objetivo de déficit (3%), Bruselas
exigió a España que reformara de nuevo su sistema de pensiones. Lo hizo
pese a que todavía no está vigente el último gran cambio, aprobado en
julio del año pasado: a partir de enero y hasta 2027, la edad legal de jubilación se irá elevando de los 65 años actuales hasta los 67.
El objetivo de ambas reformas —la que no ha entrado en vigor y la que
está por redactar— es retrasar la edad real de retiro, en 2011 a 63,5
años, según los datos del informe al que ha tenido acceso este diario.
La propuesta del Gobierno, recogida en 41 páginas, implica
reformar el acceso a la jubilación anticipada y a la parcial. La
pretensión es endurecer el acceso a estas figuras y que cuando un
trabajador opte por retirarse antes de cumplir la edad legal perciba una
pensión menor para ahorrar gasto a la Seguridad Social.
Aunque bien es verdad que este fin último puede formularse de otra
forma: “El objetivo del presente informe es presentar medidas que
faciliten la sostenibilidad del sistema”. En el documento se expone que
de todas las jubilaciones de 2011 (198.600), el 50,6% fueron
anticipadas. Y que la pensión media que se cobraba en estos casos
(1.344,42 euros mensuales) era superior a la de quienes se retiraron
cuando cumplieron la edad legal (1.234.5 euros).
La reforma de pensiones que entrará en vigor en enero —es de esperar,
dados los tiempos parlamentarios, que la que ahora comienza a
pergeñarse no se aprobará antes— contempla cuatro vías de jubilación
anticipada. Pero las principales son dos, y son estas las que propone
reformar el Gobierno. La primera permitirá retirarse a partir de los 61
años si el trabajador resulta afectado por un despido colectivo o el
cierre de la empresa. Además exigirá haber cotizado durante 33 años
(ahora se necesitan 30).
La otra se abrirá a partir de los 63 años de forma voluntaria para
quienes hayan cotizado al menos durante 33 años. En ambos casos se
aplicarán unos coeficientes de reducción sobre la pensión teórica que le
correspondería al jubilado si se retirara a la edad legal que van del
1,625% trimestral al 1,875% (el porcentaje varía en función de los años
cotizados).
La nueva reforma modificará los tres parámetros básicos: edad, años
cotizados y coeficientes de reducción. En una redacción casi imposible y
ambigua, el primer informe habla de la “adecuación de la edad que
posibilita el acceso anticipado a la edad de jubilación a las
variaciones en la edad de acceso ordinaria a dicha pensión”. Vulgo:
aumentar la edad para acceder a la jubilación anticipada. ¿Hasta dónde?
Esa pregunta no la responde el informe.
Para los otros dos parámetros, las propuestas son “la actualización
[es decir, ampliación] del periodo mínimo de cotización exigido para
acceder anticipadamente a la pensión de jubilación” y “ajustar los
coeficientes reductores de la cuantía de la pensión [...] por la pérdida
de las correspondientes cotizaciones sociales”.
También busca el Gobierno endurecer el acceso a la jubilación parcial. La ministra de Empleo, Fátima Báñez,
explicó el viernes que, según sus conclusiones, esta modalidad de
retiro no cumple la función para la que se creó: el retiro parcial de un
trabajador antes de la edad legal de jubilación y su sustitución por un
joven.
Como en el caso de la anticipada, la Seguridad Social también propone
el retraso de la edad (61 años) para retirarse parcialmente y aumentar
el periodo mínimo de cotización (25 años). Además, añade otras
exigencias como subir el tiempo mínimo de duración del contrato de quien
va a relevar al jubilado o que el importe final de la pensión varíe en
función del coste de este tipo de jubilación para el sistema (2.704
millones al año).
Hay un segundo informe que persigue facilitar a los nuevos jubilados
combinar el cobro de la pensión y que sigan trabajando. Justifica el
Ejecutivo esta propuesta en que es una recomendación histórica del Pacto de Toledo
y que, pese a ello, “siempre ha contemplado una fuerte rigidez en el
ámbito de la compatibilidad entre la percepción de la pensión de
jubilación y la realización de un trabajo”. Entre los incentivos que se
pretenden introducir está la desaparición de “la obligación de cotizar”.
Fuente ELPAIS
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